TÍTULO UNO: Denominación, domicilio y finalidad.

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ARTÍCULO PRIMERO:
Bajo la denominación de “BIBLIOTECA POPULAR CORONEL DORREGO” ha quedado constituida en la localidad de Coronel Dorrego, partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires, una sociedad civil con el propósito de propender a la elevación cultural del Pueblo, mediante la difusión de libros instructivos, sala de lectura, conferencia y todo acto relativo a esa finalidad.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Biblioteca estará desvinculada de toda tendencia política, social o religiosa. Pueden asociarse a ella todas las personas que acepten y cumplan los presentes Estatutos.

Capacidad.

ARTÍCULO TERCERO: La Asociación se encuentra capacitada para adquirir bienes muebles e inmuebles, enajenarlos, hipotecarlos, permutarlos, etc., como así también realizar cuanto acto jurídico sea necesario o conveniente para el cumplimiento de sus propósitos.

Patrimonio.

ARTÍCULO CUARTO: Constituyen el patrimonio asociacional:
a) Las cuotas que abonan sus asociados;
b) Los bienes que posean en la actualidad y los que adquiera por cualquier título en lo sucesivo, así como la renta de los mismos;
c) Las donaciones, préstamos, legados o subvenciones que reciba;
d) El producido de beneficios, rifas, festivales y cualquier otra entrada que pueda tener algún concepto lícito.
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